Artículo 342 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Citación a la audiencia final.- Un día después de que se presenten las últimas conclusiones, o cuando se tengan por formuladas las de inculpabilidad, tanto del acusado como de la defensa, se ordenará citar al Ministerio Público, al propio acusado y a su defensor, para la audiencia final, la cual deberá celebrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.