Artículo 410 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Objeciones a la redacción del interrogatorio.- El Ministerio Público y la defensa podrán objetar la redacción del interrogatorio. El presidente de debates resolverá sin recurso alguno, sobre la oposición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.