Código de Proc. Penales estatal

Artículo 438 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Auto de sobreseimiento.- Si con el dictamen de los peritos y las demás pruebas que existan en el proceso, se acredita que el inculpado al momento de la perpetración del injusto penal sufría trastorno mental y que éste es causa de inimputabilidad, el tribunal dictará auto de sobreseimiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 438 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Auto de sobreseimiento.- Si con el dictamen de los peritos y las demás pruebas que existan en el proceso, se acredita que el inculpado al momento de la perpetración del injusto penal sufría trastorno mental y que éste…

¿Está vigente el artículo 438?

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