Artículo 531 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Calificación de la excusa.- Las excusas de los jueces municipales serán calificadas por los jueces de primera instancia, las de éstos por el titular de la sala de turno, y las de los magistrados por el de la sala penal siguiente en orden numérico ascendente, pero si se trata del último, conocerá el primero.
En los distritos en que haya dos o más jueces de primera instancia, conocerá de las excusas de los jueces municipales el que esté de turno.
La excusa del agente del Ministerio Público será calificada por el subprocurador de justicia respectivo.
Recibidos los autos, el tribunal calificador resolverá dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.