Código de Proc. Penales estatal

Artículo 583 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Suspensión del proceso.- Si al promoverse un incidente no especificado, el derecho material o procesal que se haga valer es de tal naturaleza que el auto que lo resuelva pueda influir en forma decisiva sobre la sentencia, el tribunal, si lo estima necesario, suspenderá el proceso hasta que el incidente sea resuelto.

LIBRO QUINTO EJECUCION TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 583 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Suspensión del proceso.- Si al promoverse un incidente no especificado, el derecho material o procesal que se haga valer es de tal naturaleza que el auto que lo resuelva pueda influir en forma decisiva sobre la…

¿Está vigente el artículo 583?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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