Artículo 271 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán originales acompañados de su traducción al castellano. Si ésta fuere objetada, se ordenará que sean traducidos por los peritos que designe quien practique las diligencias.
CAPITULO IX Valor Jurídico de la Prueba
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.