Artículo 39 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los tribunales pueden dictar de oficio los trámites y providencias encaminados a que la justicia sea pronta y expedita.
CAPITULO V Correcciones Disciplinarias y Medios de Apremio (REFORMADO, P.O. 20 DE AGOSTO DE 1986)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.