Artículo 401 de Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Penales del Estado para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Toda recusación que no fuere promovida en tiempo y forma, será desechada de plano.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.