Artículo 443 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son irrevocables y por lo tanto causan ejecutoria:
I.- Las sentencias pronunciadas en Primera Instancia cuando se hayan consentido expresamente, o cuando expirado el término que la ley fija para interponer algún recurso, no se haya interpuesto, y (F. DE E., D.O.F. 11 DE SEPTIEMBRE DE 1931)
II.- Las sentencias de Segunda Instancia y aquellas contra las cuales no concede la ley recurso alguno.
TITULO QUINTO Incidentes SECCION PRIMERA Diversos incidentes CAPITULO I Substanciación de las competencias
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.