Artículo 467 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las diligencias quedarán en la Secretaría del Tribunal Superior, a fin de que las partes puedan tomar apuntes para informar en el acto de la vista.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.