Código de Proc. Penales estatal

Artículo 234 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Objeción de falsedad de documento. Los sujetos procesales interesados tienen el derecho para redargüir de falsedad los documentos públicos que obran en autos y para pedir su cotejo con los protocolos o con los originales existentes en los archivos.

CAPÍTULO VI Confesión

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 234 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes?

Objeción de falsedad de documento. Los sujetos procesales interesados tienen el derecho para redargüir de falsedad los documentos públicos que obran en autos y para pedir su cotejo con los protocolos o con los…

¿Está vigente el artículo 234?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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