Artículo 261 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tramitación. Interpuesto el recurso, en el acto de la notificación o dentro de los tres días siguientes, el tribunal lo resolverá de plano si estimare que no es necesario oír a los sujetos procesales interesados. En caso contrario, las citará a una audiencia verbal que se efectuará dentro de las 48 horas siguientes a la admisión del recurso, y en ella dictará su resolución, contra la que no procede impugnación alguna.
CAPÍTULO III Reclamación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.