Código de Proc. Penales estatal

Artículo 323 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Tratamiento en libertad. Si se ordena tratamiento en libertad, se ordenará se lleve a cabo la vigilancia de autoridad, para que se lleve a cabo su adecuado cumplimiento. Por virtud de los informes de incumplimiento, se ordenará la cancelación de la medida, y se fijará la correspondiente de tratamiento en internamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 323 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes?

Tratamiento en libertad. Si se ordena tratamiento en libertad, se ordenará se lleve a cabo la vigilancia de autoridad, para que se lleve a cabo su adecuado cumplimiento. Por virtud de los informes de incumplimiento, se…

¿Está vigente el artículo 323?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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