Artículo 89 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Resolución de la reposición de término. Analizada la solicitud, el tribunal señalará día y hora para el desahogo de las pruebas ofrecidas y la resolución que corresponda, la cual no será recurrible. Si se acepta la reposición del término, el mismo comenzará a correr al día siguiente de dictada la resolución.
CAPÍTULO V Autos y Resoluciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.