Artículo 284 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 284.- Hipoteca. Cuando la garantía consista en hipoteca, el inmueble propuesto no deberá tener gravamen alguno y su valor catastral será, cuando menos, de tres veces el monto de la suma fijada como caución. El tribunal ordenará la inscripción de la garantía en el Registro Público de la Propiedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.