Artículo 90 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 90.- Resoluciones judiciales. Las resoluciones judiciales son:
I. Sentencias definitivas, si terminan la instancia resolviendo el asunto en lo principal;
II. Sentencias interlocutorias, si resuelven una cuestión incidental;
III. Autos, si dan principio o ponen fin a una etapa del procedimiento; y IV. Acuerdos, las demás resoluciones y las de mero trámite.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.