Código de Proc. Penales estatal

Artículo 123 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para todos los efectos legales, se califican como delitos graves los previstos en los siguientes artículos del Código Penal, quedando comprendidos los realizados en grado de tentativa: Homicidio por culpa, previsto en el Artículo 75 tercera parte del primer párrafo, cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad u otras substancias que perturben su adecuada conducción; homicidio previsto en el Artículo 123, en su forma simple contemplado en el Artículo 124; en su forma atenuada a que se refiere el Artículo 125; las formas calificadas previstas en los Artículos 126 en relación con el 147, y sus formas agravadas previstas en los Artículos 127 y 128; infanticidio descrito en el Artículo 129; la instigación o ayuda al suicidio a que se refiere el segundo párrafo del Artículo 131; lesiones contra menores o incapaces descrito en el Artículo 143-BIS párrafo segundo; secuestro previsto en los Artículos 164 y 165; secuestro equiparado, en las modalidades de secuestro exprés y auto secuestro, previstas en el Artículo 164 BIS fracciones I y II; desaparición forzada de personas, previsto en el Artículo 167 Bis; asalto agravado tipificado en el Artículo 173; violación contemplada en el Artículo 176; violación equiparada en el Artículo 177; violación impropia en el Artículo 178, así como las formas agravadas, a que se refiere el Artículo 179; abuso Sexual previsto en el Artículo 180 BIS; robo previsto en el Artículo 201 BIS cuando se encuentre en el supuesto de la fracción III del Artículo 201; robo previsto en el artículo 201 Ter, robo calificado en las hipótesis previstas por los Artículos 203 y 208 fracciones I, II; robo de vehículo en las hipótesis contempladas en los Artículos 208-BIS y 208-TER fracciones de la I a la V; abigeato descrito en el Artículo 209; extorsión a que se refiere el Artículo 224; y sus modalidades agravadas contenidas en el Artículo 224 BIS; despojo agravado a que se refiere el párrafo cuarto del Artículo 226 por lo que toca a los instigadores y autores mediatos; daños agravados contenidos en las fracciones I y II del Artículo 229; La presunción prevista en el segundo párrafo del Artículo 232, cuando el sujeto activo se dedique a una actividad comercial; tráfico de menores descrito por el Artículo 238 primero y segundo párrafos; corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tienen (sic) capacidad de resistirlo, tipificado en Artículo 261 párrafo segundo; pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tiene capacidad de resistirlo tipificado en el Artículo 262; turismo sexual con personas menores de dieciocho años de edad o de quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tiene capacidad de resistirlo, tipificado en el Artículo 262-TER; lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tiene capacidad de resistirlo previsto en el Artículo 264; terrorismo descrito en el Artículo 279 excepto su encubrimiento; peculado en su modalidad contemplada en el Artículo 299 fracción III; tortura previsto en el Artículo 307-BIS primer párrafo y 307-TER segundo párrafo; evasión de presos, en la forma agravada del Artículo 328 y los delitos electorales previstos en los Artículos 348 fracción IV y 355.

(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 1998)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 123 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California?

Para todos los efectos legales, se califican como delitos graves los previstos en los siguientes artículos del Código Penal, quedando comprendidos los realizados en grado de tentativa: Homicidio por culpa, previsto en…

¿Está vigente el artículo 123?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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