Artículo 147 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Objetos que pueden recogerse e inventario de los mismos.- Al practicarse un cateo se recogerán los instrumentos y objetos del delito, así como los libros, papeles o cualesquiera otras cosas que tengan relación directa con la investigación.
Se formará un inventario de los objetos que se recojan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.