Código de Proc. Penales estatal

Artículo 276 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Reclasificación del delito.- Los autos a que se refieren los dos artículos anteriores se dictarán por el delito que aparezca comprobado, tomando en cuenta sólo los hechos materia de la consignación, y considerando la descripción típica legal y la probable responsabilidad correspondientes, aún cuando con ello se modifique la clasificación hecha en promociones o resoluciones anteriores. Dichos autos serán inmediatamente notificados en forma personal a las partes.

(REFORMADO, P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DE 1994)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 276 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California?

Reclasificación del delito.- Los autos a que se refieren los dos artículos anteriores se dictarán por el delito que aparezca comprobado, tomando en cuenta sólo los hechos materia de la consignación, y considerando la…

¿Está vigente el artículo 276?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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