Artículo 416 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Norma Aplicable para la Ejecución de las Penas y Medidas de Seguridad.- En lo no previsto por este Título, la ejecución de las penas y medidas de seguridad, se sujetará a lo que determina la Ley de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad para el Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.