Código Penal estatal

Artículo 130 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014; · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 130.- Oportunidad de declaración.- Desde el inicio del procedimiento el imputado tendrá derecho a declarar cuantas veces quiera o a guardar silencio, siempre que su declaración sea pertinente y no constituya una medida dilatoria.

En todos los casos, la declaración del imputado sólo tendrá validez si es prestada voluntariamente ante el Ministerio Público o un Juez y asistido por su defensor.

En caso de que el imputado manifieste su derecho a declarar ante el Ministerio Público, éste le hará saber detalladamente cuál es el hecho que se le atribuye, con todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, conocidas hasta ese momento, incluyendo aquéllas que fueran de importancia para su calificación jurídica, las disposiciones legales que resultaren aplicables, y los antecedentes que arroje la investigación en su contra.

La declaración del imputado ante el Ministerio Público deberá ser videograbada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 130 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;?

Oportunidad de declaración.- Desde el inicio del procedimiento el imputado tendrá derecho a declarar cuantas veces quiera o a guardar silencio, siempre que su declaración sea pertinente y no constituya una medida…

¿Está vigente el artículo 130?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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