Artículo 13 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los períodos de preparación del proceso, instrucción y juicio, la autoridad judicial se ajustará a los principios de legalidad y defensa, respetando siempre la presunción de inocencia del inculpado y su propia obligación de investigar oficiosamente la falta de participación del sujeto en el delito que se le imputa, así como las excluyentes, causas extintivas de responsabilidad y atenuantes, sin perjuicio de que el resultado de las pruebas ordenadas demuestren la existencia del delito y la responsabilidad del procesado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.