Código de Proc. Penales estatal

Artículo 13 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En los períodos de preparación del proceso, instrucción y juicio, la autoridad judicial se ajustará a los principios de legalidad y defensa, respetando siempre la presunción de inocencia del inculpado y su propia obligación de investigar oficiosamente la falta de participación del sujeto en el delito que se le imputa, así como las excluyentes, causas extintivas de responsabilidad y atenuantes, sin perjuicio de que el resultado de las pruebas ordenadas demuestren la existencia del delito y la responsabilidad del procesado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 13 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur?

En los períodos de preparación del proceso, instrucción y juicio, la autoridad judicial se ajustará a los principios de legalidad y defensa, respetando siempre la presunción de inocencia del inculpado y su propia…

¿Está vigente el artículo 13?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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