Artículo 159 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tratándose de empresas afianzadoras legalmente constituidas y autorizadas, no será necesario que éstas tengan bienes raíces inscritos en el Registro Público de la Propiedad, bastando que se exhiba la póliza original a favor del juzgado por la cantidad impuesta como caución, para que surta sus efectos, quedando esta en la caja de seguridad del juzgado y fotocopia en el expediente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.