Código de Proc. Penales estatal

Artículo 167 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Una vez revocada la libertad provisional, el inculpado puede solicitar de nuevo el beneficio si subsiste causa suficiente para otorgarlo, pero deberá caucionar nuevamente su buena conducta procesal.

En el caso de que se otorgue nuevamente el beneficio, el inculpado no deberá garantizar el importe de la reparación del daño, si ya se hubiese otorgado caución para este efecto.

Sin embargo, si el monto del daño causado se hubiere incrementado y esta circunstancia estuviera probada en la causa, deberá otorgar garantía adicional para cubrir la diferencia.

CAPÍTULO VIII LIBERTAD PROVISIONAL BAJO PROTESTA

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 167 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 167 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur?

Una vez revocada la libertad provisional, el inculpado puede solicitar de nuevo el beneficio si subsiste causa suficiente para otorgarlo, pero deberá caucionar nuevamente su buena conducta procesal. En el caso de que se…

¿Está vigente el artículo 167?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.