Artículo 399 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En la sentencia definitiva el juzgador examinará si han quedado probados los elementos del tipo penal y la plena responsabilidad del inculpado o si existe alguna causa que excluya o extinga dicha responsabilidad.
Analizará también la posible existencia de atenuantes y cualquier otra circunstancia que pueda beneficiar al procesado, procurando individualizar en forma objetiva las penas que deban imponerse, sin exceder las conclusiones del ministerio público ni suplir las deficiencias en que este haya incurrido.
CAPÍTULO V ACLARACIÓN DE SENTENCIA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.