Artículo 109 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Ministerio Público en las diligencias de averiguación previa y los Jueces de Paz, sólo podrán imponer en vía de corrección disciplinaria, multas que no excedan de un día de salario mínimo general. Contra estas correcciones no se admite más recurso que el de responsabilidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.