Código de Proc. Penales estatal

Artículo 178 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando haya versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, se practicarán, si son conducentes al esclarecimiento de los mismos, las reconstrucciones relativas a cada una de aquéllas; y, en caso de que se haga necesaria la intervención de peritos, estos dictaminarán sobre cual de las versiones puede acercarse más a la verdad.

(F. DE E., P.O. 16 DE AGOSTO DE 1997)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 178 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

Cuando haya versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, se practicarán, si son conducentes al esclarecimiento de los mismos, las reconstrucciones relativas a cada una de aquéllas; y, en caso de…

¿Está vigente el artículo 178?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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