Artículo 203 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los testigos deberán ser examinados separadamente y sólo las partes podrán intervenir en la diligencia, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 95.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.