Artículo 257 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando un lesionado requiera de atención urgente, cualquier persona puede procurar que ésta le sea proporcionada, trasladándolo de ser necesario al lugar adecuado, sin esperar la intervención de la autoridad, a la que deberá dar conocimiento de los hechos a la brevedad posible.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.