Código de Proc. Penales estatal

Artículo 290 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En los casos de las tres primeras fracciones del artículo anterior se ordenará el archivo definitivo de la averiguación previa y en los casos de las dos restantes el archivo en reserva, en tanto pueda disponerse de los datos suficientes para satisfacer los requisitos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o en su caso, decretar el archivo definitivo.

(REFORMADO, P.O. 22 DE JUNIO DE 2013)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 290 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

En los casos de las tres primeras fracciones del artículo anterior se ordenará el archivo definitivo de la averiguación previa y en los casos de las dos restantes el archivo en reserva, en tanto pueda disponerse de los…

¿Está vigente el artículo 290?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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