Código de Proc. Penales estatal

Artículo 398 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando en la competencia se implique la jurisdicción estatal, la remisión del expediente en la declinatoria o el pedimento de inhibición, y en caso de surgir controversia jurisdiccional, los trámites correspondientes, serán realizados por el H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 398 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

Cuando en la competencia se implique la jurisdicción estatal, la remisión del expediente en la declinatoria o el pedimento de inhibición, y en caso de surgir controversia jurisdiccional, los trámites correspondientes,…

¿Está vigente el artículo 398?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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