Código de Proc. Penales estatal

Artículo 82 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando se realice la citación por cédula, será entregada por el secretario actuario, agente de autoridad o en su caso, por los auxiliares del Ministerio Público, personalmente al citado, quien deberá firmar el duplicado de la misma, o bien estampar en ésta su huella digital cuando no sepa firmar; si se negara a hacerlo se asentará este hecho y el motivo que el citado exprese para su negativa.

Cuando no se halle al destinatario de la cédula, se entregará a persona mayor de edad que se encuentre en el domicilio o en el lugar en que trabaje el citado; y en el duplicado se recogerá la firma o la huella digital de la persona que la reciba y su nombre, o la razón de por qué no firmó o no puso su huella.

Si la persona que reciba la citación manifiesta que el interesado está ausente, dirá donde se encuentra y desde cuando se ausentó, así como la fecha en que se espera su regreso, y todo esto se hará constar para que el funcionario respectivo dicte las providencias que sean procedentes.

El secretario actuario del juzgado o agente de autoridad o en su caso, el auxiliar del Ministerio Público asentará en su razón los datos que recabe para identificar a la persona a quien se haya entregado la cédula.

El duplicado de la cédula se agregará al expediente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 82 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

Cuando se realice la citación por cédula, será entregada por el secretario actuario, agente de autoridad o en su caso, por los auxiliares del Ministerio Público, personalmente al citado, quien deberá firmar el duplicado…

¿Está vigente el artículo 82?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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