Código de Proc. Penales estatal

Artículo 89 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando un Juzgado no pueda dar cumplimiento al exhorto, por hallarse en otro ámbito territorial de competencia la persona o las cosas que sean objeto de la diligencia, lo remitirá al Juzgador del lugar en que aquélla o ésta se encuentren, y lo hará saber al requirente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima — Chihuahua?

Cuando un Juzgado no pueda dar cumplimiento al exhorto, por hallarse en otro ámbito territorial de competencia la persona o las cosas que sean objeto de la diligencia, lo remitirá al Juzgador del lugar en que aquélla o…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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