Artículo 337 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 337. Causan ejecutoria por ministerio de ley las sentencias dictadas en segunda instancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.