Artículo 35 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se levantará acta pormenorizada de los resultados del cateo, que suscribirán, además del funcionario que presida la diligencia, su secretario o testigos de asistencia, así como los responsables y ocupantes del lugar cateado, si desean hacerlo;
en caso de que éstos no quisieren firmar, se hará constar en el acta. Se levantará inventario de los objetos recogidos, que se conservarán relacionados con la averiguación previa o el proceso. Si el inculpado estuviese presente, se le mostrarán los objetos para que los reconozca y se dejará constancia de lo que desee manifestar.
Se observarán las normas especiales aplicables cuando se trate de cateo a lugares o en relación con personas protegidos por inviolabilidad o inmunidad, o sujetos a otras disposiciones.
Cuando el cateo se practique sin intervención judicial o se incumplan las disposiciones del mandamiento respectivo, la diligencia carecerá de valor probatorio, aún cuando exista consentimiento de los ocupantes del lugar, a no ser que se demuestre en forma plena que éstos lo concedieron libremente.
Incurre en responsabilidad quien ordene o practique un cateo en contravención de lo estipulado en este precepto.
CAPITULO VI COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.