Código de Proc. Penales estatal

Artículo 46 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si el inculpado altera el orden en una audiencia, se le apercibirá de que si insiste en su actitud se entenderá que renuncia al derecho de estar presente. Si 41 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE GUERRERO, NUMERO 357 insiste en la alteración del orden, se le mandará retirar del local y proseguirá la diligencia con su defensor. Para este efecto, el juez estará a lo dispuesto en la parte final del artículo 41. Todo ello, sin perjuicio de aplicar al inculpado la corrección disciplinaria que el tribunal estime pertinente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 46 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357?

Si el inculpado altera el orden en una audiencia, se le apercibirá de que si insiste en su actitud se entenderá que renuncia al derecho de estar presente. Si 41 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica…

¿Está vigente el artículo 46?

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