Artículo 18 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Nadie puede ser perseguido o juzgado penalmente dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene, independientemente del fuero en que se hubieren dictado las sentencias. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.