Artículo 19 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En todo proceso, la sentencia de primera instancia será dictada en un plazo no mayor de cuatro meses, si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena máxima excediere de ese tiempo, sin que la observancia de estos plazos limite de forma alguna el derecho a la defensa.
(REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
En la segunda instancia, la sentencia será dictada en un plazo de hasta cuatro meses si se impugna una sentencia definitiva. Si se recurre cualquier otra resolución apelable del procedimiento ordinario el plazo no será mayor a tres meses, o de hasta un mes si fuere del procedimiento sumario.
TITULO TERCERO SUJETOS PROCEDIMENTALES CAPITULO I EL JUZGADOR (REFORMADO, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.