Artículo 352 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El reconocimiento de la inocencia procede en los siguientes casos:
I.- Cuando la sentencia se funde exclusivamente en pruebas que posteriormente se declaren falsas por resolución ejecutoria;
II.- Cuando condenada alguna persona por homicidio de otra que hubiere desaparecido, se presentare ésta o alguna prueba irrefutable de que vive;
III.- Cuando dos reos hayan sido condenados por el mismo delito y de demuestre la imposibilidad de que los dos lo hubieren cometido; y IV.- Cuando el reo hubiese sido condenado por los mismos hechos en dos juicios diversos. En este caso será nula la segunda sentencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.