Artículo 222 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 222.- El que afirma está obligado a probar. También lo está el que niega cuando su negativa es contraria a una presunción legal o cuando implique la afirmación expresa de un hecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.