Artículo 305 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 305.- Del contrato o la póliza de la fianza, en su caso, se agregará una copia al expediente respectivo, y el original se guardará en el secreto del juzgado o se enviará al Tribunal Superior de Justicia para su custodia, a juicio del juez, dejando razón en autos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.