Artículo 385 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 385.- Para tener por comprobado el cuerpo del delito, el juzgador, o en su caso el ministerio público, deberán tomar en consideración:
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
I.- La existencia de una acción u omisión, realizada voluntariamente;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
II.- La lesión del bien jurídicamente protegido o, en su caso, el peligro en que ha sido colocado;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
III.- Que la lesión o puesta en peligro del bien jurídico tutelado, sea atribuible a tal actividad o inactividad humana realizada voluntariamente;
(REFORMADA, P.O. 22 DE MARZO DE 1999)
IV.- La realización dolosa o culposa de la acción u omisión;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
V.- El objeto material y sus características;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
VI.- Los especiales medios de realización;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
VII.- Las circunstancias de lugar, tiempo u ocasión;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
VIII.- La calidad o número de los sujetos activo o pasivo;
(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
IX.- Los especiales elementos subjetivos en el autor, distintos del dolo; y (REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 1994) (REPUBLICADO, P.O. 6 DE FEBRERO DE 1996)
X.- Las demás circunstancias específicas que el tipo en particular prevea.
(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2002)
Los elementos señalados en las fracciones V a X, sólo se tomarán en consideración cuando la descripción de la conducta típica así lo requiera.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.