Artículo 9 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 9o.- En la ejecución, el Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la dependencia que determine la ley, ejecutará las sentencias de los tribunales y el ministerio público cuidará de que se cumplan debidamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.