Código de Proc. Penales estatal

Artículo 196 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México

Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La resolución que imponga una medida cautelar contendrá:

I. Los datos personales del imputado y los que sirvan para identificarlo;

II. La enunciación del hecho o hechos delictuosos que se le atribuyen y su preliminar calificación legal;

III. La medida cautelar y las razones por las cuales se aplica; y IV. La fecha en que vence el plazo máximo de vigencia de la medida.

Garantía

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 196 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México?

La resolución que imponga una medida cautelar contendrá: I. Los datos personales del imputado y los que sirvan para identificarlo; II. La enunciación del hecho o hechos delictuosos que se le atribuyen y su preliminar…

¿Está vigente el artículo 196?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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