Artículo 123 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 123. La suspensión condicional del proceso a prueba podrá solicitarse en cualquier momento hasta antes de acordarse la apertura de juicio oral.
Si efectuada la petición aún no existe acusación, se estará a los hechos precisados en el auto de vinculación a proceso.
Plan de reparación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.