Artículo 444 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 444. Las sanciones impuestas en la sentencia se ejecutarán una vez que ésta haya causado ejecutoria.
Remisión de constancias
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.