Artículo 12 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las actuaciones podrán practicarse a toda hora y aún en los días inhábiles sin necesidad de previa habilitación, y en cada una de ellas se expresará el día, mes y año en que se lleven a cabo.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 25 DE NOVIEMBRE DE 2009)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.