Código de Proc. Penales estatal

Artículo 151 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito, se hará en los hospitales públicos.

Si el lesionado no debe estar privado de libertad, la autoridad que conozca del caso podrá permitir si lo juzga conveniente, que sea atendido en lugar distinto, bajo responsiva de médico con título legalmente reconocido, y previa la clasificación legal de las lesiones. Éste permiso se concederá sin perjuicio de que la autoridad se cerciore del estado del lesionado cuando lo estime oportuno.

Si la persona lesionada o enferma debiera estar detenida, su curación tendrá lugar en los hospitales públicos o en la prisión, inclusive utilizando a su costa médicos de su elección, salvo que por la urgencia del caso o por la especialización del tratamiento, se haga necesario su internamiento en lugares distintos a los señalados, pero siempre que la autoridad judicial lo juzgue conveniente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 151 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 151 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit?

La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito, se hará en los hospitales públicos. Si el lesionado no debe estar privado de libertad, la autoridad que conozca del caso podrá permitir si lo…

¿Está vigente el artículo 151?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.