Código de Proc. Penales estatal

Artículo 274 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No podrá condenarse a un acusado, sino cuando se pruebe que cometió el delito que se le imputa.

En caso de duda deberá absolverse.

TITULO OCTAVO SOBRESEIMIENTO CAPITULO UNICO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 274 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit?

No podrá condenarse a un acusado, sino cuando se pruebe que cometió el delito que se le imputa. En caso de duda deberá absolverse. TITULO OCTAVO SOBRESEIMIENTO CAPITULO UNICO

¿Está vigente el artículo 274?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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