Artículo 336 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Recibido el informe, el tribunal de apelación sin más trámite citará para resolución, que deberá pronunciarse dentro de cinco días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.